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Puedes elegir la modalidad de colaboración que mejor se adapte a tus posibilidades: cuotas periódicas o colaboración puntual.

Cualquier aportación SUMA y es válida para apoyar nuestros proyectos.

No olvides dejar constancia de tus datos fiscales para que podamos remitirte el correspondiente certificado de donación al finalizar el ejercicio. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el 25 por 100 de la base de la deducción determinada según lo dispuesto en el artículo 18. de la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

circle_orangeColaboración periódica

circle_orangeColaboración puntual

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